Nuevo impuesto al plástico de un solo uso

A través de este artículo explicaremos en qué consiste el nuevo impuesto al plástico de un solo uso y cómo afecta al sector industrial.

¿En qué consiste el nuevo impuesto al plástico de un solo uso?

El 1 de enero de 2023 entró en vigor el nuevo impuesto especial al plástico no reciclado de un solo uso, denominado como impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables (IEEP). Esta medida medioambiental, que responde a las directrices europeas, fue aprobada por el gobierno y se enmarca dentro de la ley 7/2022, del 8 de abril de residuos y suelos contaminados. El objetivo de esta ley es la de regular y aplicar impuestos sobre los envases y embalajes de plástico no reutilizables.

Por lo tanto, la finalidad de este impuesto es evitar la generación de residuos de envases no reutilizables e impulsar el reciclaje de los residuos de plástico a través de penalizaciones económicas. De esta manera, su objetivo es doble:

  • Cumplir el objetivo europeo de reducir la fabricación de envases de plástico de un solo uso.
  • Sufragar parte de la contribución de 0,8 euros por kg. de residuo de plástico que no se recicle que los estados miembros deben aportar a la UE.

¿Qué implica este nuevo impuesto?

Con la entrada en vigor del IEEP te resumimos las características del nuevo impuesto.

¿A qué materiales afecta?

El objeto del impuesto es cualquier envase o embalaje de plástico no reutilizable que cumpla con la función de contener, proteger, distribuir y presentar mercancías.

¿Cómo se aplica?

Se aplica de la siguiente manera:

  • La base imponible está constituida por la cantidad de plástico no reciclado, expresada en kilogramos, contenida en los productos.
  • El tipo impositivo es de 0,45 euros por kg., siendo un impuesto de carácter monofásico (solo se imputa una vez).
  • Finalmente, la cuota tributaria se calcula al aplicar a la base imponible el tipo impositivo.

Devengo y contribuyentes

El devengo y los contribuyentes difieren según que el hecho imponible producido sea fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o tenencia irregular de productos que forman parte del ámbito objetivo:

  • En la fabricación es contribuyente el fabricante y el devengo del impuesto se produce con la primera entrega en territorio español.
  • En la importación es contribuyente el importador y el devengo del impuesto se produce en el momento en que se devenguen los derechos de importación conforme a la legislación aduanera.
  • En la adquisición intracomunitaria es contribuyente el adquirente intracomunitario y el devengo del impuesto se produce el día 15 del mes siguiente al que se inicie el transporte o expedición con destino al adquirente o en el momento de la expedición de la factura, si es anterior.

¿Cómo se realizará la liquidación y el pago del impuesto?

La liquidación y pago del impuesto se realizará del siguiente modo:

  • Para el importador, el impuesto se liquidará a través de la aduana, en cada despacho. Se deberán consignar en el DUA los kilogramos de plástico no reciclado contenido en los envases de un solo uso.
  • El fabricante o adquirente intracomunitario debe inscribirse en el registro territorial del impuesto especial dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la Orden Ministerial, aún en tramitación. Sin prejuicio de lo anterior podrá solicitar la inscripción desde el 01/12/2022, dicha inscripción tendrá efectos desde el 01/01/2023. Debe inscribirse el representante en caso de contribuyentes no establecidos en España.
  • El impuesto se liquidará mediante la presentación de una declaración–liquidación comprensiva de las cuotas devengadas. El periodo de liquidación será mensual o trimestral, en función del periodo de liquidación del IVA. Los modelos de autoliquidación y devolución se encuentran regulados y disponibles en la página de la agencia tributaria.
  • En caso de adquiriente intracomunitario se debe llevar una contabilidad o libro de existencias.

Medidas adoptadas en Viamonte

De acuerdo con esta normativa en Viamonte estamos realizando los siguientes pasos:

  • Estamos inscritos en el registro territorial del impuesto especial.
  • Solicitamos la información de los envases a sus proveedores.
  • Modificamos nuestro sistema informático para recoger en las facturas la información requerida en este impuesto.

¿No sabes si tienes la obligación de registrarte para cumplir con la IEEP? Accede a la información en la sede de la Agencia Tributaria.

Viamonte

En el blog de Viamonte descubrirás artículos, guías, casos de éxito y consejos sobre lubricación industrial y productos químicos.

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